Monday, November 21, 2011

El reto de la vivienda en Cuba

Publicado el lunes, 11.21.11

El reto de la vivienda en Cuba
Oscar Espinosa Chepe

La legislación que autoriza la compraventa y otras operaciones con la
vivienda en Cuba, mediante el Decreto-Ley No. 288 y varias resoluciones
ministeriales complementarias, entró en vigor el 10 de noviembre.

Las nuevas normas jurídicas reconocen la compraventa, permuta, donación
y adjudicación –por divorcio, fallecimiento o salida definitiva del país
del propietario– de viviendas entre personas naturales cubanas con
domicilio en el país y extranjeros residentes permanentes. Con esa
decisión se eliminan las autorizaciones de las Direcciones Municipales
de la Vivienda, acordándose las transacciones entre las personas a
través de un notario público. Por más de 50 años la compraventa de
viviendas estuvo prohibida en Cuba, mientras las permutas fueron
rígidamente controladas. Sólo eran permitidas mediante el intercambio de
inmuebles equivalentes, sin posibilidad de compensaciones monetarias,
aunque en la práctica las prohibiciones se violaban con entregas de
dinero por debajo de la mesa.

El Decreto-Ley No. 288 y las resoluciones ministeriales complementarias
pueden calificarse de paso positivo, al reconocer y legalizar la
propiedad privada en Cuba, al mismo tiempo que reducirá la corrupción y
el exceso de trámites. Asimismo permitirá cierto reacomodo en la
posesión de las viviendas. No obstante, requerirá de otras medidas, como
el término del inconstitucional Decreto 217 y otras regulaciones
impuestas para impedir la libertad de migración interna, con lo cual
persiste un serio obstáculo legal para realizar compraventas, permutas y
otras operaciones relacionadas con la vivienda de personas del interior
del país que quieran establecerse en La Habana, con limitaciones incluso
dentro de la capital para mudarse para algunos municipios dentro de
ella. Sin olvidar que existen normativas similares para áreas declaradas
como zonas de alta significación para el turismo.

Al mismo tiempo representa un elemento positivo, pero incompleto, que
las personas que quieran residir en el exterior puedan disponer de sus
propiedades antes de la salida o ser transmitidas a sus familias, con lo
cual termina la injusta y cruel práctica de confiscar los bienes a
quienes tomaban la decisión de marcharse del país. Sin embargo, lo
realmente correcto sería respetar la titularidad a esos ciudadanos, como
se hace en el mundo entero, con la consiguiente modificación de las
absurdas y caprichosas leyes migratorias vigentes que convierten en
extranjeros –o en peor categoría– a los compatriotas que deciden residir
permanentemente en el exterior. Un proceder discriminatorio que está en
completa contradicción con el trato que se brinda a los cubanos que
tienen un Permiso de Residencia en el Exterior (PRE), a quienes se les
respeta sus propiedades en la Isla.

Resulta previsible que a partir de ahora crecerán las actividades
constructivas para la reparación de viviendas, al pasar a manos de
personas con mayores ingresos económicos. No obstante, esta medida
presentará nuevos retos a la sociedad. En primer lugar, no resuelve la
difícil situación habitacional existente, que requiere el incremento de
la edificación de nuevas viviendas, teniendo en consideración que el
déficit actual puede ser superior al millón de unidades. Esto unido al
estado crítico del fondo habitacional por tantos años sin un adecuado
mantenimiento y atención. Por otra parte, la mayoría de las personas no
podrán adquirir una vivienda, dados sus exiguos ingresos, con un salario
medio mensual de 448 pesos, equivalentes a 18 dólares al cambio oficial.
Los ciudadanos con posibilidades de adquirir viviendas serán quienes
reciban remesas de la comunidad cubana en el exterior o hayan podido
acumular recursos financieros como resultado de su trabajo,
fundamentalmente campesinos, algunos artistas y escritores, y aquellos
que capitalizaran al margen de la inflexible legalidad establecida.

Esta legislación podría provocar una estratificación adicional de la
sociedad cubana y aumentar los sentimientos de desprotección ya
existentes en los sectores más humildes, que aprecian que la brecha
social se amplía progresivamente, sin que existan vías para mejorar los
niveles de vida a través del trabajo. Esto podría aliviarse con el
aumento de la construcción de viviendas mediante la creación de pequeñas
y medianas empresas o cooperativas reales, que junto a las empresas
estatales, eleven los bajísimos niveles constructivos actuales. Sería
conveniente crear esquemas de financiamiento que permitan a personas de
menores ingresos contar con una vivienda, y que esto no sea solamente
una oportunidad para un sector reducido de la población. La falta de
vivienda que provoca el hacinamiento de varias generaciones en pequeños
espacios es fuente de muchísimos conflictos, y uno de los factores que
está provocando el retroceso demográfico, así como el éxodo
particularmente de jóvenes en busca de mejores condiciones de vida en el
exterior.

La solución del crítico problema de la vivienda, como la de otros muchos
que lastran la sociedad cubana, será imposible de resolver sin eliminar
de raíz las fracasadas concepciones y el disfuncional modelo económico,
político y social que han llevado al país al desastre y son liberadas
las fuerzas creativas de los cubanos.

El Decreto-Ley No. 288 podría constituir un primer paso racional para la
solución del problema de la vivienda, pero serán necesarios muchos más
para resolver las dificultades surgidas debido a más de 50 años de
implantación de medidas absurdas y desatención a este importante aspecto
de la vida ciudadana.

Economista y periodista independiente cubano.

http://www.elnuevoherald.com/2011/11/21/v-fullstory/1068074/oscar-espinosa-chepe-el-reto-de.html

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