Las nuevas normas de la Ley General de la Vivienda mantienen
restricciones para los ciudadanos
Laritza Diversent
La Habana 07-11-2011 - 8:51 pm.
Las nuevas normativas en materia de vivienda promulgadas por el gobierno
y que entrarán en vigor el próximo 10 de noviembre, dejan intactas
ciertas regulaciones que impiden el pleno ejercicio del derecho de
propiedad.
Como parte del cumplimiento de los Lineamientos aprobados en el Sexto
Congreso del Partido Comunista, el Consejo de Estado publicó el
Decreto-Ley 288 que modifica la Ley General de la Vivienda.
La nueva normativa permite a los propietarios, cubanos y extranjeros
residentes de manera permanente en el país, disponer libremente de sus
viviendas por medio de permutas, donaciones y compraventa.
La disposición del Consejo de Estado elimina la autorización de la
Dirección Municipal de la Vivienda, exigida hasta ahora a los
propietarios que decidieran permutar o donar sus inmuebles. Sin embargo,
la disposición deja intactas las normas migratorias internas —hacia la
capital y hacia otras zonas sometidas a régimen especial de
administración—, que impiden el pleno ejerció del derecho de propiedad.
En el sistema legal cubano, sigue vigente el Decreto 217, que establece
las Regulaciones Migratorias hacia la Ciudad de La Habana.
Este decreto obliga a las personas que adquieran por herencia, legado,
donación o compraventa una vivienda ubicada en la capital, solicitar
para su núcleo familiar un permiso de residencia y circulación a los
presidentes de sus gobiernos municipales.
Para realizar cualquier trámite de cambio de domicilio hacia La Habana,
las instituciones estatales exigen a los ciudadanos que no estén
domiciliados en la capital un dictamen emitido por la Dirección
Municipal de la Vivienda, que acredite el cumplimento de los preceptos
de esta norma. Igual tramite deben realizar quienes arrenden o permuten
los inmuebles de su propiedad.
Así mismo, en la Isla existen otras zonas declaradas especiales o de
alta significación para el turismo, sometidas a régimen especial de
administración por mandato gubernamental. En ellas se exige un permiso
para residir.
El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros declaró en 1995 "zona de
alta significación para el turismo" al municipio Habana Vieja, en la
capital, y en el 1997 a Varadero, en Matanza. Los residentes, o los que
pretendan domiciliarse en estas áreas, necesitan autorización para
permutar, arrendar u obtener la propiedad de una vivienda, antes de
recurrir al Notario Público.
La libertad para disponer del patrimonio personal representa un paso de
avance en el respeto de los derechos de los cubanos, pero estos nunca
serán completos mientras el gobierno ignore la libertad de circulación
dentro del territorio nacional y de escoger, en él, el lugar de residencia.
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