Saturday, October 12, 2013

Cubanos podrían legalizar viviendas compradas ilícitamente

Cubanos podrían legalizar viviendas compradas ilícitamente
Compradores y vendedores pueden ahora acudir a los tribunales para
legalizar una operación ilícita anterior a noviembre de 2011.
Rolando Cartaya
octubre 11, 2013

Durante décadas en Cuba, un país con un serio y siempre creciente
déficit habitacional, la compraventa de viviendas estuvo prohibida y
penalizada por una disposición especial, la Séptima, de la Ley General
de la Vivienda de 1988. Otra de 2003 dejaba al Estado como único
comprador para adquirir esos inmuebles.

El decreto- ley 288 de 2011 eliminó esas prohibiciones, dos de tantas
absurdas que prevalecieron durante décadas, y derogó la legislación
anterior. Pero se centró sólo en el futuro del sector, sin tener en
cuenta décadas de compraventas ilegales, en muchos casos disfrazadas de
permutas, la única transacción que estaba autorizada, o hechas mediante
testamentos, donaciones y matrimonios espurios.

FUE ILEGAL, PERO AHORA ES VÁLIDA

Un caso particular, la compra amañada de un apartamento en Centro Habana
por Bertha Bouly a Ricardo Andux, 5.000 dólares mediantes, propició una
solución en febrero pasado, cuando el Tribunal Supremo de la isla falló
a favor de una casación presentada por Bouly, creando un precedente que
en Cuba establece como ley el Consejo de Gobierno de la máxima corte del
país.

La abogada Mirella Betancourt, quien ejerció 15 años en bufetes
colectivos de Holguín y Sancti Spiritus en Cuba, y es ahora consultora
jurídica en Arlington, Virginia, analizó en el portal Cubaencuentro los
efectos de la Circular 265 del Supremo --relacionada con el fallo del
caso Bouly-Andux-- que fue enviada en abril a tribunales y bufetes
colectivos para su cumplimiento obligatorio. Ella –señala
Betancourt—abre la posibilidad de legalizar propiedades adquiridas
ilegalmente antes del decreto-ley 288.

Para "lavar la transacción" --le dijo Bouly en una entrevista a
Betancourt-- ella y Andux se casaron con la intención de luego
divorciarse y transferirle el título a ella como parte de la liquidación
de bienes matrimoniales. Ella, por debajo de la mesa, pagaría $5.000
dólares . La esposa por conveniencia se mudó a la casa, y Andux
posteriormente fue enviado a la cárcel por un delito común.

"Cuando salió, trató de quedarse con todo: la casa y el dinero", añade
Bouly. "Debido a que no se había completado el divorcio y el título
estaba aún a su nombre, las autoridades trataban el asunto como una
disputa entre marido y mujer".

Ella emprendió entonces una batalla en los distintos niveles del sistema
judicial de la isla. Cuando la nueva ley de compraventa de viviendas
entró en vigor, le pidió a un tribunal provincial que la aplicara a su
compra, pero la corte declaró sin lugar su petición, juzgando que la
nueva ley no se podía aplicar a ninguna transacción anterior a noviembre
de 2011.

Bouly siguió apelando hasta que su caso llegó al Tribunal Supremo. "Fui
con la esperanza de un milagro, y la Virgen de la Caridad me oyó", le
dijo a Betancourt

El Supremo dictaminó en su sentencia 46 que el contrato de venta entre
Bouly y Andux era válido. Se les ordenó comparecer ante un notario para
registrar debidamente la transacción y que se emitiera un título a
nombre de Bouly. En el caso de que Andux se negara a comparecer, el
tribunal inferior debería concurrir para representar Andux en el
procedimiento por el cual su nombre se eliminaría del título:

"FALLAMOS: Declaramos CON LUGAR la demanda en proceso Ordinario sobre
Reconocimiento de Contrato de Compraventa, establecida por Bertha Lina
Bouly Wilson contra Ricardo Andux Barrueta, y en consecuencia se declara
perfeccionado el contrato de compraventa por convenido precio,
ascendente a 5 mil dólares americanos, efectuado entre las partes sobre
la vivienda sita en calle San Rafael, número 470, apartamento 2, entre
Campanario y Lealtad, Centro Habana, La Habana, y se dispone compeler al
demandado, luego de cumplimentar las diligencias previas necesarias, a
comparecer ante notario público competente, conjuntamente con la actora,
para otorgar la correspondiente escritura pública sobre contrato de
compraventa, que servirá de justo título de dominio de la demandante. De
no cumplir el demandado con lo dispuesto, se subrogará en su lugar y
grado la Presidenta de la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del
Tribunal Provincial Popular de La Habana. Sin costas".

UN FALLO, UN PRECEDENTE, UNA NORMA

Betancourt señala que la decisión beneficiará a muchos cubanos, después
que el Tribunal Supremo emitiera en abril una circular, que en el
sistema jurídico cubano se utiliza para ordenar a los tribunales
inferiores que se guíen por las normas establecidas en un nuevo fallo.

La autora dice que la circular 265 se distribuyó a los tribunales,
bufetes colectivos de abogados, notarios públicos, oficinas del
Instituto de Vivienda, y todas las entidades relacionadas con la
vivienda para que cumplan con el precedente de la sentencia 46.

Según ella, eso significa que compradores y vendedores pueden ahora
acudir a los tribunales para legalizar una operación ilícita anterior a
noviembre de 2011 .

En entrevista con martinoticias.com la abogada especializada en derecho
administrativo aclara, no obstante, que no se trata de un beneficio para
todos los que compraron ilegalmente: "Con la sentencia 46 el tribunal
dice: 'bien, ustedes compraron en 1998, y como hoy en día esa acción es
válida, tienen derecho a acogerse a los mismos beneficios que
actualmente disfrutan otras personas'.

Agrega que es recomendable, por ejemplo, para aquellos que se sientan
afectados porque su vendedor no quiere reconocer una transacción de
compraventa que se encubrió mediante una donación, un testamento, o un
divorcio falsos. Durante el procedimiento tendrían que probar que la
transacción se llevó a cabo, bien mediante documentos (ej. una donación
notarizada) , un contrato privado firmado por testigos, testimonios de
vecinos, o los documentos de un divorcio que nunca existió.

"El Supremo, en otras palabras" --dice la autora en Cubaencuentro--
"permite la legalización de las compraventas, aunque estas se hayan
hecho cuando eran ilegales y, aun cuando no es clara la motivación del
legislador al no incluir una solución general para este tipo de casos en
la nueva ley, se pudiera especular que dejar abierta la vía para el
reclamo, caso por caso, ante los órganos judiciales, tendría la
finalidad de evitar injusticias o falta de equidad, o prever el abuso de
personas inescrupulosas".

"De la interpretación del Supremo también se deduce un procedimiento
para estos casos, primero ante notario público si no hay litigio entre
las partes, y ante los tribunales si el caso es contencioso".

Según Betancourt, incluso aquellos que construyeron sus viviendas o
realizaron ampliaciones o modificaciones tienen ahora la posibilidad de
legalizarlo.recurriendo al llamado arquitecto de la comunidad, siempre y
cuando no hayan violado en sus obras las reglas arquitectónicas yde
urbanismo.

La jurista considera como lo más valioso de estas modificaciones que
muchos cubanos, después de tantos años, podrán regularizar las
transacciones que hicieron al margen de la ley, obtener sus escrituras e
inscribirlas en el Registro de la Propiedad, sin la amenaza de perder su
patrimonio. Un patrimonio que por primera vez en más de medio siglo
pueden utilizar como capital.

Source: "Cubanos podrían legalizar viviendas compradas ilícitamente" -
http://www.martinoticias.com/content/cubanos-podrian-legalizar-viviendas-compradas-ilicitamente/28357.html

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