Monday, May 15, 2017

Sube el gasto fiscal sobre la compraventa de viviendas

Sube el gasto fiscal sobre la compraventa de viviendas
REINALDO ESCOBAR , La Habana | Mayo 15, 2017

El 11 de mayo entró en vigor una ley que impone un precio referencial a
las viviendas en operaciones de compraventa. El simple anuncio, un mes
antes, de la nueva medida desató un frenesí en las notarías para
concluir los trámites antes de la entrada en vigor de las nuevas reglas.
Algunos anuncios clasificados usaron incluso la fecha como límite para
cerrar un trato.

Desde que en noviembre de 2011 el Gobierno de Raúl Castro permitió que
los ciudadanos tuvieran derecho a comprar y vender sus casas, se
implantó la obligación de que tanto los compradores como los vendedores
debían abonar al Estado un impuesto del 4% sobre el monto de la
operación comercial.

En la mayor parte de los casos ese gravamen no se calculaba sobre la
cantidad de dinero que en realidad se entregaba como pago, sino
atendiendo al precio que el Estado había asignado a la vivienda y que
aparece consignado en el documento de propiedad.

La Ficción

La Ley de la Vivienda de julio de 1985 convirtió en propietarios a todos
los inquilinos que venían pagando un alquiler. El valor de estas casas
se calculó multiplicando el pago de un mes por los 240 meses que hay en
20 años.

Aquellos que adquirieron una vivienda a partir del 1 de julio de ese
año, sin tener un abono como antecedente, liquidaron al banco, en un
plazo de 20 años, el precio de su nueva casa, que fue calculado teniendo
en cuenta los metros cuadrados de superficie habitable.

En los casos de los que habían pagado un alquiler antes del 1 de julio
de 1985 resulta muy difícil encontrar una vivienda cuyo precio reflejado
en la propiedad supere los 10.000 CUP pues, como regla, la cuota mensual
a pagar por un alquiler no superaba el 10% del salario del usufructuario
y para esa fecha casi nadie ganaba más de 400 CUP mensuales. Los valores
calculados según los metros cuadrados de la propiedad excepcionalmente
llegaban a los 20.000 CUP.

Aquella ley que se ufanó de convertir a los usufructuarios en
propietarios no permitía la compraventa del inmueble, de manera que los
precios inscritos en la propiedad eran una evidencia del "carácter
justiciero de la revolución" que daba a los más humildes trabajadores la
oportunidad de poseer legalmente una vivienda. Para decirlo en el
lenguaje de la época, aquello era un "asunto político".

La Realidad

El derecho de comprar y vender casas fue otorgado cuando ya estaban
imperantes las consecuencias de la dualidad monetaria, cuya
característica más notoria es que los trabajadores ganan en moneda
nacional pero deben adquirir en pesos convertibles todo aquello que
tiene un valor real. Las viviendas no escaparon a esa regla.

A nadie se le ocurre vender en 10.000 CUP una casa por la que puede
pedir 30.000 CUC y, mucho menos, referirse al precio real cuando puede
acogerse al precio legal a la hora de liquidar los impuestos. Aquella
evidencia de justicia, reflejada con un número simbólico en los títulos
de propiedad, no podía ser revertida brutalmente por la Revolución. Pero
cuando los ciudadanos se ponen astutos, el Estado no puede hacerse el
tonto.

Fue así que surgieron los nuevos precios referenciales.

La nueva metodología no tiene en consideración cuántos años de salario
debe invertir un trabajador para pagar los nuevos precios y tampoco se
indican los metros cuadrados de superficie habitable. Ahora se calcula
el valor de las viviendas por el número de habitaciones y si poseen
aparcamiento, patios o jardines. Las características constructivas de
las viviendas se identifican atendiendo a si tienen paredes de
mampostería, cubierta pesada o ligera o si han sido construidas con
otros materiales.

Lo más significativo es el asunto de dónde se encuentra situado el
inmueble. Hay cinco grupos y a cada uno le corresponde un "coeficiente
de ubicación", donde la palabra coeficiente tiene el significado que le
dan las matemáticas de ser un factor multiplicativo. Por eso, una vez
establecido el valor de la vivienda, el número resultante se multiplica
por 7, 6, 5, 4, o 1.5 en dependencia del lugar donde está situada.

Esta onerosa multiplicación no viene acompañada de consignas
revolucionarias ni de consideraciones teóricas sobre la justicia social.

Obviamente al Estado le tiene sin cuidado lo que cada cual gasta para
comprar una casa, pero sí le importa cuánto puede recaudar a través de
ese 4% de impuesto sobre el valor referencial.

El paternalismo ha terminado. Aquella época cuando en una asamblea se le
asignaba una casa a un trabajador en virtud de sus méritos sociales y
laborales es cosa del pasado. Ya el Estado no da, sino quita. En
consecuencia, el ciudadano ya no siente que debe entregarse, sino que
más bien tiene que defenderse. Esa parece ser la señal de los nuevos
tiempos.

Source: Sube el gasto fiscal sobre la compraventa de viviendas -
http://www.14ymedio.com/nacional/Sube-gasto-fiscal-compraventa-viviendas-cuba-cubanos_0_2217978187.html

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