Viola Dirección de Viviendas lo dictado por un tribunal
MARTES, 08 DE JULIO DE 2014 14:49 ESCRITO POR MICHEL IROY RODRÍGUEZ RUIZ
Cuba noticias, Marianao, La Habana, (PD) Son frecuentes las quejas de la
ciudadanía por los abusos de los funcionarios municipales de la
Dirección de Vivienda, que a veces pretenden estar por encima de las leyes.
Desde el año 2007 los residentes en un inmueble sito en avenida 87 entre
126 y 128, Marianao, se ven afectados por la incompetencia de los
funcionarios de la Dirección de Vivienda del municipio.
Años después de que un tribunal dividiera a partes iguales entre dos
familias la segunda y tercera planta del edificio, los funcionarios dan
órdenes que violan lo dictado por el tribunal.
Greta, la jefa de enfrentamiento de la Dirección de Vivienda de
Marianao, a pesar del dictamen del tribunal, ordeno que Solaida Peña
Valdez y su hijo Alberto Luis Galván Peña violaran el límite de la
propiedad de Elizabeth Rodríguez.
Ileana, la jefa de protección física, les otorgó un poder apoyando la
violación cometida y se tomó la potestad de incluirlos en el registro civil.
Una funcionaria de la Dirección de Vivienda, quien no se identificó,
llegó a amenazar a los propietarios de la vivienda.
Onelia, secretaria del departamento jurídico, mantuvo oculta la
propiedad de la casa, cuándo esta bajó de los tribunales, argumentando
que la propiedad se había extraviado, lo cual era falso.
Luego de un año de haber fallado el tribunal dándole el 50% a cada
familia, el 18 de marzo de 2003, la Dirección de Vivienda demolió la
escalera que comunicaba ambas casas.
Solaida Peña Valdés y su hijo Alberto Luis Galván Peña, viven
actualmente en el inmueble propiedad del núcleo familiar de la primera
planta.
Según los artículos 64 y 66, los propietarios determinarán quien vive en
la casa y quien no. Si los propietarios decidieran que el conviviente
abandone el domicilio, tendría el apoyo de la Dirección de Vivienda del
municipio para que les dé un plazo de 30 días hábiles para que abandone
el inmueble.
El artículo 124 de la ley de vivienda, refiere que en caso de
desobediencia serán auxiliados los propietarios por la Dirección de
Vivienda y la Policía Nacional Revolucionaria.
El artículo 65 se refiere a casos excepcionales quienes no podrían ser
extraídos de la vivienda, como descendientes de los propietarios y
menores de edad.
Los propietarios del núcleo familiar de la primera planta se quejan de
que no se haya cumplido lo dictaminado por el tribunal, y culpan de esta
violación a la Dirección de Vivienda del municipio.
Parece que las decisiones tomadas por los tribunales no son válidas para
la Dirección de Vivienda.
Al celebrarse el juicio fue sancionado por desobediencia el entonces
director municipal de Vivienda, Isaías Rodríguez Oñate, pero fue
trasladado para otro municipio, donde ocupa el mismo cargo de director.
.
Elizabeth Rodríguez refiere haberse presentado en dos ocasiones, junto a
sus tíos, hijos de la desaparecida dueña de la casa, en el Consejo de
Estado y la Dirección Provincial de Vivienda.
En varias ocasiones ambas familias han reñido y han tenido que acudir a
la unidad de la PNR de Marianao.
Solaida Peña Valdés, natural de la provincia Las Tunas, ha dicho en
varias ocasiones que "ganarán la pelea" porque ella es hermana de un
policía. Parece que es verdad. Una multa de 600 pesos por daños a la
propiedad le fue impuesta por la PNR a uno de los moradores de la
primera planta. En cambio, a Solaida Peña, una medida cautelar que le
impusieron por causar lesiones a Elizabeth Rodríguez, le fue suspendida
gracias a la intervención de su hermano policía.
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